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Cinco claves para saber si cumple con el RGPD

Tras la entrada en vigor el pasado mayo, las empresas luchan por adaptarse a la nueva normativa de protección de datos. IMF Business School analizar el grado de cumplimiento y ofrece recomendaciones para que las compañías cumplan con sus obligaciones en materia de de RGDP.

Con el fin de acelerar la implementación de este nuevo reglamento en España, donde según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) todavía existe un 40% de empresas que desconocen qué cambios deben realizar para ponerse al día en esta materia, IMF Business School ha elaborado una guía con 5 pasos clave que ayudarán a todas las compañías, sea cual sea su nivel de adaptación a la normativa:

  • Almacenamiento de datos sí, pero no sin informar. Cuando se trata de información relativa a una persona física identificada o identificable, el nuevo reglamento obliga a informar tanto a los propios usuarios como a la AEPD, de que se están recopilando dicha información y cuál será el fin de ésta. Un error común es desconocer el tipo de datos que la propia empresa conserva, provocando que muchas de ellas no presten la suficiente atención al asunto. Por eso, el mejor punto de partida es saber si la empresa almacena ese tipo de datos o no y en caso afirmativo, informar de ello a los interesados.
  • Análisis de riesgo y evaluación de impacto. Desde su entrada en vigor, un programa tradicional no es suficiente. En el caso de empresas que trabajen con datos especialmente sensibles deberán llevar a cabo un análisis de riesgos, así como una evaluación de impacto con los posibles peligros y las medidas de seguridad adecuadas según su nivel previas a cualquier brecha de seguridad.
  • Consentimiento expreso. Una de las principales novedades es el cambio en la obtención del consentimiento. Ya no sirve la marcación de casillas, son necesarios al menos integrar botones de “acepto”. Además, el consentimiento debe ser libre, específico e inequívoco. A partir de ahora no serán válidas las extensas políticas de privacidad ilegibles y llenas de terminología legal. Adiós a la odiosa letra pequeña.
  • Nuevos derechos. El nuevo reglamento contempla novedades en relación con los derechos de los usuarios, como los de portabilidad o el derecho al olvido, por los que las empresas deben velar.
  • Brechas de seguridad. Si hay una vulneración de la seguridad de la empresa en la que se ven en peligro los derechos y datos de los usuarios, la empresa se ve obligada a comunicar la incidencia tanto a la Agencia Española de Protección de Datos como a los afectados. Para que se produzca una violación de seguridad no es necesario que se trate de un ataque cibernético, sino un simple envío accidental de de correos por email, compartir una contraseña personal por error… La notificación debe hacerse en el plazo máximo de 72 horas desde que se conoce la incidencia.

Para Carlos Martínez, presidente de IMF Business School, “las empresas deberían ver el RGPD como una oportunidad para replantear el modo en el que gestionan la protección de datos, tanto ahora como en el futuro. Este nuevo reglamento requiere una atención y control constantes, además de una respuesta rápida en caso de que se produzca una brecha de seguridad. Es un hecho, la demanda de especialistas en datos y ciberseguridad no dejará de crecer en los próximos años».

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